Identificación

Integra el expediente de identificación al inicio de la relación

No identificar al cliente o no integrar su expediente es una infracción grave. Recaba y verifica la identificación ANTES de realizar la operación, no después.

Incluye siempre: identificación oficial vigente, comprobante de domicilio, RFC/CURP y, cuando aplique, la identificación del beneficiario controlador.

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Integra el expediente de identificación al inicio de la relación

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¿Dudas sobre la LFPIORPI?

Este glosario es material de referencia. Consulta siempre el texto oficial publicado en el DOF.

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