LFPIORPI Título IV - De las Entidades Colegiadas

Artículo 35

Supervisión de Entidades Colegiadas

Publicación DOF
17 jul. 2013

Texto oficial

La Secretaría podrá supervisar el cumplimiento de las obligaciones de las Entidades Colegiadas.

Explicación práctica

La SHCP puede verificar que las entidades colegiadas cumplan con sus compromisos en los convenios firmados.

Puntos clave

  • Supervisión de SHCP
  • Verificación de convenios
  • Control de calidad

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Artículo 35 LFPIORPI

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