LFPIORPI
Título V - De las Visitas de Verificación
Artículo 48
Plazo para Pruebas
- Publicación DOF
- 17 jul. 2013
Texto oficial
El visitado tendrá un plazo de quince días hábiles para presentar documentos y pruebas.
Explicación práctica
El sujeto obligado tiene 15 días hábiles para presentar evidencia que desvirtúe las irregularidades detectadas.
Puntos clave
- Plazo: 15 días hábiles
- Presentación de pruebas
- Derecho de defensa