LFPIORPI
Título I - Disposiciones Preliminares
Artículo 5
Confidencialidad de la Información
- Publicación DOF
- 17 jul. 2013
Texto oficial
La información recabada en términos de esta Ley tendrá carácter confidencial y no podrá ser revelada, salvo a las autoridades competentes.
Explicación práctica
Protege la confidencialidad de los datos recopilados bajo esta ley. Solo las autoridades competentes pueden acceder a esta información, protegiendo así a clientes y sujetos obligados.
Puntos clave
- Información confidencial
- Acceso restringido a autoridades
- Protección de datos